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El reconocimiento profesional y la evolución del mercado hacia la libre competencia

Tal y como se está haciendo en europa, la legislación se encamina hacia la aprobación de normativas que regulen el ejercicio profesional. en el sector de la construcción existen diferentes modelos de reconocimiento, según el país y su coyuntura económica.

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En el actual contexto socioeconómico por el que atraviesa el país, marcado por la profunda crisis económica y la elevada tasa de paro, la tendencia Legislativa que se observa por parte de los poderes públicos, en línea con Europa, apunta a la aprobación de un marco normativo que regule el ejercicio  profesional al objeto de fomentar la competitividad y asegurar la adecuada capacitación de los profesionales.

Pese a la incertidumbre actual respecto al modelo definitivo que implementará el estado español para la regulación de los profesionales, el benchmark del estado del sector de la edificación en los principales países del mundo, elaborado por PwC para los Colegios Oficiales de Arquitectos Técnicos de Barcelona y Madrid, ha analizado los diferentes modelos de reconocimiento profesional existentes en países con coyunturas económicas muy distintas.

Los resultados del análisis realizado muestran que, a medida que un mercado madura, la necesidad y la tendencia de reconocer al profesional como la persona que dispone y aplica las competencias (conocimientos y capacidades) necesarias para ejercer su puesto de trabajo, se vuelve más necesaria y, por tanto, exigente. Así, en mercados jóvenes, la regulación del ejercicio profesional se centra en las empresas y no en las personas. Este modelo se sostiene, en términos generales, a partir de la otorgación de licencias de actividad a empresas en función de una serie de parámetros (número de empleados, capital, titulación de los  empleados, etc.) y por tanto no regula de manera directa el ejercicio profesional.

Profesionales registrados

En mercados algo más maduros, el reconocimiento del profesional como individuo cualificado para desarrollar una actividad determinada cobra importancia, y por ello únicamente se permite desempeñar ciertas tareas a aquellos profesionales inscritos en un registro oficial de profesionales (generalmente estatal), siendo requisito 

para poder registrarse el disponer de una titulación determinada. Pese a que el registro de profesionales permite asegurar que se han adquirido unos conocimientos (generalmente mediante educación superior universitaria), no permite llevar a cabo un control sobre la práctica profesional.

En países con un nivel de maduración del mercado medio-alto, como el español, encontramos un modelo algo más evolucionado que el simple registro, donde se vincula la obtención de una titulación a la posibilidad de continuar formándose, actualizar sus conocimientos, y existe un cierto seguimiento de la actividad posterior por lo que se introduce por primera vez un parámetro importante para dicha regulación: el seguimiento de la actividad profesional.

En el caso español, es importante resaltar que hasta la fecha la única manera de regular la profesión es mediante la titulación académica y la adhesión a los colegios profesionales, organizados también en función de la titulación académica.

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Tanto el modelo español como los anteriormente descritos (licencia de actividad empresarial y registro de profesionales) organizan la actividad profesional de manera poco específica, pues no se organizan en función de su profesión, sino en función de su titulación académica.

En modelos de mercado más maduros que el español, generalmente anglosajones, se da un perfil de reconocimiento y agrupación en función de las profesiones y no de las titulaciones académicas. Dicho modelo, al que se ha denominado ‘asociación profesional’, supone una evolución respecto a los
anteriores, siendo las variaciones más significativas el hecho de que se revise periódicamente la capacitación del profesional para continuar ejerciendo una determinada actividad y la pertenencia a la asociación es voluntaria y
no obligatoria.


CERTIFICACIÓN

Reconocimiento profesional.pngFinalmente, en los últimos años ha aparecido un nuevo modelo que se está implantando cada vez más en los mercados más maduros: se trata del modelo de certificación profesional bajo un estándar de reconocimiento internacional. La certificación profesional consiste en evaluar periódicamente a un profesional, en base a unas competencias asociadas a su puesto de trabajo, para asegurar que cumple con los requisitos predefinidos para ejercer una actividad concreta. Los parámetros que se tienen en cuenta, además de la formación recibida, son la experiencia laboral y el desarrollo continuo. El certificado tiene caducidad, de manera que para asegurar que un profesional mantiene actualizados sus conocimientos y habilidades, se le exige que demuestre (mediante formación continua, actuaciones profesionales, examen, etc.) que continúa estando capacitado.

Por otra parte, tanto el modelo de asociación profesional como el de certificación presentan una evolución respecto al modelo español de colegiación obligatoria, al identificar diferentes categorías de profesionales. Los colegiados españoles se agrupan por titulación, mientras que los miembros de asociaciones de profesionales o los trabajadores certificados disponen además de una categoría o nivel, en función del menor o mayor desarrollo de sus capacidades y de su carrera profesional. En definitiva, los diferentes modelos de reconocimiento están asociados a los diferentes niveles de maduración del mercado. La tendencia que se observa a nivel internacional es la de dirigirse hacia un modelo de reconocimiento profesional basado en las competencias asociadas a una profesión, y en la consecución ymantenimiento de las mismas, lo que ha sido impulsado desde la Unión Europea y se pretenden aplicar a nivel estatal con el nuevo marco regulatorio  que está en desarrollo.

El estándar reconocido a nivel internacional en relación con la Certificación de Personas, la norma UNE -EN ISO /IEC 17024, es el que ha sentado las bases para este modelo de certificación en otros países y es el que, según se recogen  en los textos previos al definitivo marco normativo estatal, servirá de base para el desarrollo de este modelo también en España.

 

Fuente:  Artículo escrito por Carlos Bel. Senior Manager PwC para la revista BIA.

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